SEGURIDAD PÚBLICA DEBE SER LOCAL
REFORMA POLICIAL
Por Francisco Narrea San Miguel
Muchos países del mundo están re-evaluando los conceptos tradicionales del "militarismo" y este no es un trabajo meramente conceptual. Es necesario tener un sostén ideológico que oriente la decisión de nuestros legisladores para emprender la reforma policial. Con la guerra antisubversiva, la fuerza armada asumió un segundo rol, el policial, el de velar por la seguridad pública. Entonces para el común de la gente, el policía es un militar, no sabemos que la ideología militar es totalmente distinta a la del policía.
El militar jura velar por "la Patria". El policía es un empleado público al servicio de la comunidad y es, o debería ser una parte integrada en la sociedad civil. Un militar está entrenado para reaccionar de inmediato y destruir al "enemigo". El objetivo del policía no es destruir sino controlar el factor perturbante. Su trabajo se rige por el imperio de la ley y la protección de los derechos de la persona. El mando militar es vertical. El mando policial confía más responsabilidad en el agente que está en la calle, en el terreno de la acción.
Seguridad Pública es la plena vigencia del sistema democrático y del régimen constitucional. El respeto a la vida; la libertad y la integridad personal de sus habitantes. A la prevención del delito y su investigación a través del Poder Judicial, y a la preservación del orden y la tranquilidad pública, posibilitándose así el pleno goce de los derechos y libertades del ciudadano. El policía es un ciudadano uniformado. Por su vocación profesional; no debe recortársele su derecho a elegir, pues como persona humana también es parte de la sociedad.
La depuración de un gran porcentaje de sus cuadros de mando, por sí sola, no contribuye a su modernización, ni a mejorar su imagen. No basta con adoptar una medida política fácil. Las medidas políticas deben necesariamente ir acompañadas de otras medidas legales y técnicas. Las medidas políticas deben contemplar el nivel y las formas de depuración de la fuerza pública, la designación de los nuevos mandos, los mecanismos de control, y sobre todo, establecer qué fuerza pública queremos tener. Hasta hoy se han adoptado soluciones políticas coyunturales y no hemos concebido el conjunto del proceso.
Entre las medidas legales, tenemos que contar con normas que señalen su organización, funciones y competencias. En cuanto a las medidas técnicas, debemos estudiar los programas de formación, el nuevo despliegue, los recursos, equipamiento, etc. Todos los países desarrollados, por ejemplo, cuentan con una fuerza pública que depende directamente del gobierno municipal. En el Perú tenemos una gran experiencia con el serenazgo municipal, con un efecto disuasivo y previsor del delito. Deberíamos, por ejemplo, estudiar la posibilidad que la Policía de Tránsito pase a ser Municipal. Esta medida podría darse en una etapa de transición.
No enfrentar el problema de la modernización de la fuerza pública podría llevar a la Policía a dos posibles reacciones: responder agresivamente, revelándose, o desmoralizándose aún más e inhibirse. Me parece que ya son apreciables algunos síntomas de esta segunda reacción, lo que puede ser peligroso para el país. Qué otra cosa podemos esperar de una policía con salarios que no guardan relación con él grado de riesgo, especial dedicación, disciplina exigente, turnos cambiantes, jornadas laborales sobrecargadas y recursos técnicos y materiales mínimos.
Somos conscientes que en el corto plazo no podemos esperar cambios espectaculares en el campo de la economía, el empleo, la salud y la educación, pero sí podemos contribuir a que el pueblo retome plenamente su libertad. El uso de las libertades cotidianas como, el hecho de salir de casa a cualquier sin ser atacado por delincuentes debe ser velado por la policía local. Para ello necesitamos una fuerza pública eficaz, con la moral en alto, con el estatus profesional y económico que se merecen. La Policía Nacional merece más atención de la que hasta el momento viene recibiendo.
(Publicado en Expreso, Pág. 31; 18/03/2002)
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