miércoles, 27 de abril de 2011

¿ONP vs. AFP? No olvidemos el pasado.

LOS MITOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Por Francisco Narrea San Miguel
La seguridad social parte de un concepto de solidaridad. Por medio de ésta la sociedad proporciona protección a sus miembros con medidas que previenen las privaciones que son consecuencia de la enfermedad, accidentes, desempleo, vejez, muerte. En el Perú este concepto -por una colonización ideológica del socialismo- se entendió como una obligación (y un monopolio) del Estado en la administración de los fondos de pensiones. Para subvencionar la pobreza, dentro de un lógica que hacia depender a las personas del Estado. Es el mito del Estado benefactor.
Pero el Estado no es fuente de riquezas. Nuestra seguridad social se ha caracterizado por ser un sistema parasitario, que consume y dispone de la riqueza producida por los trabajadores -individuos privados-, beneficiando a unos a costa de las aportaciones de otros.
Tenemos un sistema donde los trabajadores más pobres se jubilan con pensiones miserables, tras 30 ó 35 años de aportación, mientras los mejor remunerados -y con poder de presión- lo hacen con 15 años de trabajo y hasta con 5 años de aportaciones. Este es el mito de la solidaridad en el sistema pensionario público.
El cambio de este sistema por uno privado de pensiones significa el fin de los privilegios que los grupos de presión han obtenido de los diferentes gobiernos. El Estado se dedicó a normar las edades de jubilación y los años de aportación, estableciendo un sistema punitivo para los que más aportan.
Así, por ejemplo, el Decreto Legislativo 21952 y la Ley 23370 establecen que “el trabajador marítimo, fluvial y lacustre podrá jubilarse con 55 años de edad, aplicando el régimen especial de jubilación, que permite obtener pensión con cinco años de aportación”. La ley 23908 estableció que “la pensión mínima legal es equivalente a tres sueldos mínimos vitales y que las pensiones, en general, debían reajustarse en periodos trimestrales y tomando en cuenta el índice de precios al consumidor”. La ley 24705 señala que “las amas de casa y/o madres de familia reconocidas como trabajadoras independientes, tienen derecho a incorporarse al régimen especial de jubilación, pudiendo obtener pensiones con sólo cinco años de aportación”.
Al margen de estas normas, los diversos gobiernos han otorgado similares privilegios a trabajadores de correos, periodistas, mineros, aviadores comerciales, trabajadores de construcción civil. El Estado legisló cediendo a presiones, sin tomar en cuenta el cálculo que diera solvencia a tal legislación, llevando a la crisis al Sistema Nacional de Pensiones. A ello hay que sumar las deficientes administraciones que dirigieron la Seguridad Social y dejaron al IPSS en el caos. Para julio de 1990, teníamos una institución sin liquidez y sin reservas; y con deudas fabulosas a laboratorios farmacéuticos y por servicios contratados. Era una institución poblacionalmente sobredimensionada y en ruinas.
Debemos reconocer que, con el doctor Castañeda Lossio, un moderno concepto de gerencia reemplaza, hoy, a la administración tradicional del IPSS y que, por primera vez, hay un equilibrio financiero de los regímenes que administra el IPSS. Se ha restablecido el principio de autoridad, las prestaciones son más oportunas y de mejor calidad, y hay mayor desconcentración y descentralización administrativa. En fin, la imagen institucional es diferente.
Por otro lado, las políticas de ajuste del gobierno han disminuido la masa asegurable, trasladando a gran parte a las planillas pasivas del IPSS. El desempleo ha reducido la relación entre aportantes y pensionistas, y la jubilación sirve de refugio a miles de despedidos del sector público y privado. En estos dos años, los pensionistas se incrementaron en 54,628, frente al promedio anual de 15,499 entre 1985 y 1989. Pese a ello, los 302 mil pensionistas del IPSS gozan de una pensión mensual, en promedio, de 115 dólares, frente a los 18 que percibían en agosto de 1990.
Ello no significa, sin embargo, que exista relación directa entre aportación y pensión: el sistema sigue siendo injusto; lo que cambiará con las AFP.
Con el sistema privado, habrá más solidaridad, al destinarse el 1% de la remuneración asegurable a programas de bienestar social, dirigidos a minusválidos y ancianos desvalidos. Con el sistema privado, ya no habrá la tendencia a ocultar ingresos y pagar el menor tiempo posible. Al contrario, esta tendencia se invertirá, pues el sistema de reparto simple es reemplazado por uno de capitalización, en el que la relación aportación-pensión es más directa.
Por otro lado, los profetas del apocalipsis laboral señalan que la mitad de los afiliados a las AFP morirá antes de jubilarse, jugando con el mito de la edad. La nueva legislación establece una edad de 65 años para percibir la pensión de jubilación, pero no es pertinente tomar como referencia la expectativa de vida al nacer, para fijar la edad de jubilación. Esta expectativa refleja, básicamente, la mortalidad infantil, que es muy elevada en nues¬tro país. Si por el contrario, tomamos en cuenta la ex¬pectativa de vida a los 20 ó 60 años - según estudios de la OIT-, ésta se asemeja a la de países industrializados.
Los regímenes de seguridad social en el Perú -el de prestaciones de salud y, sobre todo, el de pensiones- han frustrado las expectativas de sus beneficiarios. A pesar de que persiste el tutelaje -el Estado cautela la obligación de aportar-, con las AFP los trabajadores tendrán mayor autonomía, libertad y control sobre su futuro previsional.
Hay que tener en cuenta que un régimen de seguridad social es un servicio personal en beneficio de los miembros de la sociedad; un régimen cuya solidez y fuerza son un reflejo de la economía nacional, habiendo influencia recíproca entre seguridad social y desarrollo económico.
Con la creación del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones ya no se utilizará a los jubilados y pensionistas como un caudal electoral que permitía a ciertos demagogos decir, lacrimogénicamente, que trabajarían por los viejitos.
(Publicado en Expreso, Pág. 19; 28/12/1992)

2 comentarios:

David dijo...

........???????

Francois dijo...

Esto se dijo en un contexto: se planteaba regresar al sistema estatal previsional.